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Caso Mafe: Cinco adultos condenados en juicio oral

El Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a cinco personas adultas por el crimen de María Fernanda y su bebé. La condena más alta fue para Chiara Mikhaela Rolón, la misma pasará 10 años en prisión.

Chiara Rolón recibió la pena más alta-Foto Captura

El juicio en torno al crimen de María Fernanda Benítez y su bebé nonato llegó a su fin con la condena a cinco personas adultas que participaron del hecho. El Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo otorgó la pena más alta a la amiga del principal acusado, Chiara Mikhaela Rolón, quien recibió una pena de 10 años de pena privativa de libertad.

Los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera Valloud y Andrea Riquelme sostuvieron que las pruebas expuestas durante el juicio sostienen que Chiara Mikhaela cometió el hecho punible de instigación a cometer feminicidio. La pena será cumplida en el Complejo de Mujeres Privadas de Libertad de Emboscada (COMPLE) y será compurgada en el 2035.

La misma también fue acusada por otros hechos punibles, pero el Colegiado descartó su responsabilidad por las figuras de incitación pública, apología del delito y omisión de aviso de un hecho punible, ya que sostuvieron que no se reunieron los elementos para sostener estos delitos.

Esta joven había mantenido una conversación con el principal acusado del crimen, quien está siendo juzgado en un juicio paralelo a puerta cerradas, debido a que cuando ocurrió el crimen, él aún era menor. En el diálogo, Chiara le enseñó al acusado cómo matar a María Fernanda y al bebé que estaba esperando recurriendo a una jeringa con aire y con la utilización de arma blanca.

El primer objetivo era que Mafe abortara, pero como no lograron su cometido, se cometió el horrendo crimen, según lo probado en juicio. Para el Tribunal, Mikhaela no solo conocía la situación, sino que intervino en la generación y consolidación de la voluntad criminal del adolescente acusado.

Además, resaltaron que cuando el adolescente manifestó su deseo de acabar con la vida de Mafe, la misma no intentó disuadirlo para que no cometa el crimen.

La condena se fundamentó en el artículo 50 de la Ley N.º 5777/2016, en concordancia con el artículo 30 del Código Penal, que establece la responsabilidad del instigador.

Así también fueron condenados los padres del adolescente sindicado como el principal acusado de cometer el feminicidio de Mafe. Armando Silva y Karent Villar recibieron una condena de cuatro años y seis meses de pena privativa de libertad, haciendo lugar al pedido realizado por el Ministerio Público.

Estas personas fueron condenadas por los hechos punibles de exposición al peligro del tránsito terrestre al autorizar a su hijo adolescente que utilice una motocicleta, la misma en la que Mafe fue trasladada por el acusado la última vez que fue vista con vida.

El cuerpo de María Fernanda fue encontrado en un patio baldío, sus asesinos intentaron incinerar la totalidad de sus restos para borrar evidencias. Foto: Archivo
El cuerpo de María Fernanda fue encontrado en un patio baldío, sus asesinos intentaron incinerar la totalidad de sus restos para borrar evidencias. Foto: Archivo

Además, se les reprochó el hecho de simular un hecho punible y denuncia falsa, ya que ambos acudieron a la policía a denunciar la supuesta desaparición de su hijo, pese a que ellos sabían donde estaba el adolescente. Este hecho fue probado mediante las cámaras de circuito cerrado, en donde se pudo ver que ellos mismos llevaron al adolescente hasta el inmueble de Ricardo Villamayor donde dejaron al joven y la motocicleta.

Silva deberá cumplir condena en el penal de Coronel Oviedo, mientras que Karent irá al COMPLE.

Ante estos hechos, también fue condenado Ricardo Villamayor, suegro del principal acusado. A él los jueces lo condenaron a tres años de cárcel por el hecho punible de frustración de la persecución y ejecución penal.

El Tribunal concluyó que Villamayor conocía la gravedad de la situación del principal acusado y que, pese a ello, realizó varias acciones obstaculizaron el pronto esclarecimiento del hecho.

Recordemos que este hombre fue el que ocultó la motocicleta en la que el adolescente trasladó a Mafe y luego, ocultó al acusado en su depósito. Así también, intentó eliminar los registros del DVR cuyas imágenes pudieron ser recuperadas por el perito, factor clave para entender la secuencia de la acción punible de Villamayor.

Finalmente, el Tribunal condenó a Franco Antonio Acosta Céspedes, dueño de la farmacia en donde el adolescente habría comprado el medicamento para provocar el aborto del bebé que Mafe estaba esperando.

Los jueces concluyeron que Acosta cometió la tentativa de aborto y la frustración de la persecución y ejecución penal, por lo que le dieron una pena de cinco años de cárcel.

Para esta sentencia, los jueces destacaron el testimonio del médico forense Pablo Lemir, quien señaló que durante la autopsia se encontraron lesiones en el cuello uterino compatibles con la utilización de instrumental médico para dilatarlo, y así provocar la interrupción del embarazo.

Así también, destacaron que uno de los testigos señaló que Mafe buscaba 900 mil guaraníes para practicarse un aborto y que habría mencionado una farmacia en donde acudiría para realizarse el procedimiento.

Franco también había intercambiado mensajes con el principal acusado cuando éste le consultó sobre el medicamento abortivo. Además, pesó el hecho de borrar las imágenes del circuito cerrado de su farmacia.

La condena para estas personas será ejecutada una vez que la sentencia quede firme.